MEDINA LEONARDO GABRIEL C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Sentencia que hace lugar a la acción de revisión laboral y condena a la aseguradora a pagar indemnización por incapacidad parcial y definitiva del 10.49% por accidente in itinere, estableciendo monto, plazo y condiciones de pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Leonardo Gabriel Medina, demandó a Swiss Medical Art S.A. reclamando indemnización por accidente in itinere ocurrido el 26/8/2023, en el que sufrió una lesión en la rodilla izquierda mientras descendía del tren. La causa fue tramitada en el marco del expediente administrativo SRT Nro. 590715/23. La demandada reconoció el hecho pero negó la existencia de incapacidad. La prueba pericial determinó una incapacidad física del 10.49% vinculada causalmente con el accidente. El tribunal valoró que la contingencia encuadra en las previsiones del art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557, por lo que procede la indemnización, calculada en $ 12.880.593,34, con intereses y en las condiciones establecidas. Se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad y se impusieron costas a la parte vencida. La sentencia concluyó que la incapacidad es parcial, permanente y definitiva, y que la aseguradora debe abonar la indemnización en los términos y plazos previstos.
Fundamentos principales:
"Del informe de AFIP agregado en autos surgen las remuneraciones correspondientes al año anterior al accidente (26/8/2023) de las que extraigo el valor mensual del ingreso base en los términos del art. 12 LRT de $ 542.357,21. [...] en la pericia producida en autos -que ninguna objeción mereció por las partes
- el perito determinó que la actora presenta incapacidad, de grado parcial y carácter permanente, en relación causal con el accidente por secuelas en rodilla izquierda del orden del 10.49%, incluidos los factores de ponderación (art. 474 CPCC). [...] el caso encuadra en las previsiones del art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557 por lo que corresponde hacer lugar a la indemnización reclamada."
"El cálculo de la prestación debe realizarse, de acuerdo a la siguiente fórmula: valor ingreso base ($1.318.781,60) x 53 x incapacidad (10.49%) x coeficiente de edad (65/37) = $ 12.880.593,34. [...] La suma que arroja la liquidación, de $ 12.880.593,34, deberá ser abonada en el plazo de 10 días de notificado este pronunciamiento en la cuenta sueldo o cuenta bancaria de la parte actora, acreditando fehacientemente en autos los datos de la misma."
"En caso
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