CAPRA BLAS C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S. A.U. S/ REGULACION DE HONORARIOS
El abogado Blas Capra solicitó la regulación de honorarios por su actuación ante la Comisión Médica Jurisdiccional en un caso de divergencia en el alta médica. El Tribunal del Trabajo N° 5 resolvió regular los honorarios a favor del letrado, argumentando la obligatoriedad del patrocinio letrado en esta instancia.
Actor: Blas Capra Demandado: FEDERACION PATRONAL SEGUROS S. A. U. Objeto: Regulación de honorarios por actuación profesional ante la Comisión Médica Jurisdiccional. Decisión: Se regulan los honorarios a favor del abogado Blas Capra por la suma de 5 jus arancelarios, a cargo de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En tal sentido, la letra expresa del art. 36 de la Res. 298/2017, establece que 'El trabajador o sus derechohabientes deberán contar con patrocinio letrado, desde su primera presentación, en los procedimientos de las actuaciones administrativas establecidos en la Ley Complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo...'" "Por otra parte, sabido es que a partir de la adhesión provincial a la Ley 27.348... tales tramitaciones administrativas, en nuestra jurisdicción resultan de cumplimiento obligatorio para poder habilitar... la actuación judicial para entender en la cuestión." "En virtud de lo expuesto, consideró razonable regular por la actuación administrativa oficiosa llevada a cabo por el letrado BLAS CAPRA la cantidad de 5 jus arancelarios -que a la fecha ascienden a la suma de $211.095 a cargo de la demandada FEDERACION PATRONAL SEGUROS S. A. U..."
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