DIAZ OJEDA LAURA PATRICIA C/ BAUDINO ENRIQUE RAFAEL Y OTRO/A S/ DESPIDO
Homologación de acuerdo conciliatorio en autos por despido, con aprobación unánime del tribunal; se confirma la validez del acuerdo y se ordenan los pagos y costas correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Laura Patricia Diaz Ojeda, promovió demanda por despido contra Enrique Rafael Baudino y otros en autos caratulados "DIAZ OJEDA LAURA PATRICIA C/ BAUDINO ENRIQUE RAFAEL Y OTRO/A S/ DESPIDO" (Expte. Nro. 32851). El Tribunal del Trabajo Nro. Cinco de La Plata, tras considerar un acuerdo conciliatorio celebrado el 16/09/25 por la suma de $6.000.000, decide homologarlo. La homologación se fundamenta en que el acuerdo fue celebrado libremente por las partes, cumple con los recaudos legales para una justa composición de derechos, no implica renuncias a derechos reconocidos ni afecta disposiciones de orden público. Los jueces Sánchez Sierra, Sosa y Arechabala coinciden en que la conciliación involucra todos los rubros reclamados y las costas, por lo que votan favorablemente a su homologación. La sentencia ordena que se homologue en todas sus partes, con costas a cargo de la demandada, y regula honorarios y pagos de tasas y contribuciones, estableciendo plazos y formas de acreditación. Fundamentos principales: "Atento que el acuerdo conciliatorio de fecha 16/09/25 (por la suma de $6.000.000) fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta vigentes disposiciones de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación a que se arriba." "Con lo que terminó el acuerdo, firmando los Sres. Jueces." "Por los fundamentos y citas legales vertidos en el Acuerdo que antecede, el Tribunal RESUELVE: I) Homologar el acuerdo conciliatorio...; II) Con costas a cargo de la demandada...; III) Regulación de honorarios y pago de tasas, en los términos detallados en la resolución." Disidencias: No existen votos en disidencia relevantes; todos los jueces votan por la homologación.
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