HUENTEN SAMANTA ARACELI C/ EXPERTA ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Homologación de acuerdo conciliatorio en accidente de trabajo con aprobación judicial y condena en costas a la demandada
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Samanta Araceli Huenten, promueve una acción por accidente de trabajo contra la aseguradora EXPERTA ART SA. Las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio por la suma de 15 millones de pesos, celebrado libremente y que cumple los requisitos legales, por lo cual el tribunal decide homologar en todos sus términos dicho acuerdo. La resolución se fundamenta en que el acuerdo “cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes” y que “no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta vigentes disposiciones de orden público”. Además, se imponen costas a la demandada y se regulan honorarios de letrados y peritos, además de establecer obligaciones de pago y acreditación en autos. Fundamentos principales: “Atento que el acuerdo conciliatorio de fecha 15/9/2025 por la suma de $15.000.000 fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta vigentes disposiciones de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación a que se arriba”. El tribunal cita además los artículos pertinentes: “art.15 de la LCT; 1641 y sigs. del Cód. Civil y Comercial; Leyes 24.557 y 26.773, modificatorias y decretos reglamentarios, arts. 24, 30 y 89 ley 15.057; 73, 160, 162, 309, del C.P.C.C.”. La homologación implica que el acuerdo tiene fuerza de cosa juzgada y obliga a las partes, siendo la decisión definitiva en esta instancia. Se destaca que en el acuerdo se fijó una suma de dinero, se reguló el pago de honorarios profesionales, se ordenó el pago de tasas y contribuciones, y se establecieron mecanismos para acreditar el cumplimiento de dichas obligaciones. La decisión se fundamenta en que “el acuerdo cumple con los requisitos legales” y que “el mismo involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas ocasionadas”. El tribunal también resalta que “las costas a cargo de la demandada” y que “los honorarios a los profesionales intervinientes” y peritos se regulan en los montos y condiciones establecidos, incluyendo los aportes y el IVA correspondiente. Se ordena además que la demandada acredite en cinco días el pago de la tasa de justicia y contribución, bajo apercibimiento de ejecución forzada.
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