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D. F.J. S/LIBERTAD ASISTIDA

El apelante cuestionó la revocación de la libertad asistida y el no cómputo del tiempo en la condena. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la decisión del juez de primera instancia, argumentando la falta de cumplimiento de las condiciones impuestas.

Recurso de apelacion Libertad asistida Revocacion No computo de pena Principio de inocencia Cumplimiento de condiciones Juzgado de responsabilidad penal juvenil Ley 13.634 Ley 24.660 Defensa oficial

Actor: Defensa Oficial Dra. María Victoria Filas Demandado: F. J. D. Objeto: Revocación de la decisión que revocó la libertad asistida y el no cómputo del tiempo en la condena. Decisión: Se confirmó la revocación de la libertad asistida y el no cómputo del tiempo en la condena.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El desempeño de D. no se ajustó a las condiciones impuestas. [...] Se observa en las distintas notas elevadas por el Patronato de Liberados la ingente actividad desplegada por las profesionales de la institución en pos de conseguir los turnos y espacios para el abordaje aconsejado. [...] La ley 24.660 establece expresamente en el último párrafo del art. 56 que cuando se revocare la libertad asistida [...] el término de duración de la condena será prorrogado y se practicará un nuevo cómputo de la pena, en el que no se tendrá en cuenta el tiempo que hubiera durado la inobservancia que dio lugar a la revocación del beneficio."

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