BRACAMONTE HAYDEE NOEMI C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIO Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO Y OTRO/A S/ MATERIA A CATEGORIZAR - OTROS JUICIOS
Haydee Noemí Bracamonte apeló la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008 en relación a su jubilación. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, reconociendo la vulneración de derechos previsionales y la necesidad de un régimen de movilidad acorde.
Actor: Haydee Noemí Bracamonte Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008 y el restablecimiento del régimen de movilidad jubilatoria aplicable. Decisión: Se confirmó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008, ordenando el pago de los importes adeudados a la actora desde la aplicación de dicha ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En materia de seguridad social, la Corte Suprema de Justicia de la Nación es particularmente sensible al resguardo de los derechos del sector pasivo, precisamente por tratarse de un grupo vulnerable. [...] La aplicación del índice para el cálculo de la actualización de los emolumentos previsto en la ley 27.426 ha generado una brecha extremadamente pronunciada respecto al método de actualización que le hubiese correspondido a los jubilados y pensionados de la Caja en función del régimen anterior a la sanción de la ley 15.008." "La normativa cuestionada... habría contribuido a desarticular las bases que deben estructurar, como garantía a los jubilados y pensionados, la evolución de sus haberes."
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