PERINI HECTOR ANIBAL C/ ESTADO PROVINCIAL Y OTRO/A S/ MATERIA A CATEGORIZAR - OTROS JUICIOS
El actor Héctor Aníbal Perini apeló la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008, requiriendo la movilidad de su jubilación. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la decisión de primera instancia, reconociendo el derecho a la movilidad de los haberes jubilatorios.
Actor: Héctor Aníbal Perini Demandado: Estado Provincial; Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008 y reconocimiento del régimen de movilidad de su jubilación. Decisión: Se confirma la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008, y se ordena el pago de los importes adeudados a Perini.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La aplicación del índice para el cálculo de la actualización de los emolumentos previsto en la ley 27.426 ha generado una brecha extremadamente pronunciada respecto al método de actualización que le hubiese correspondido a los jubilados y pensionados de la Caja. La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a un sistema previsional extraño que proyecta impactos negativos sobre la legítima situación subjetiva de los jubilados." "Se concluye que el art. 41 de la Ley n° 15.008, al haber sido impugnado, no se aviene con el ordenamiento constitucional, y se reconoce la necesidad de restituir los derechos de los jubilados y pensionados afectados." "El nuevo régimen de la Ley n° 15.514 busca restablecer los derechos de los jubilados y pensionados de la Caja, superando los cuestionamientos a la Ley n° 15.008."
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