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CIANCIO SONIA CRISTINA C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ MATERIA A CATEGORIZAR - OTROS JUICIOS

El actor promovió demanda por inconstitucionalidad de la Ley n° 15.008, cuestionando la movilidad jubilatoria. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó la inconstitucionalidad de un artículo de dicha ley, restableciendo derechos previsionales.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Movilidad jubilatoria Ley n? 15.008 Derechos previsionales Seguridad social Adultos mayores Recursos financieros Caja de jubilaciones Jurisprudencia

Actor: Sonia Cristina Ciancio Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Inconstitucionalidad de los artículos 41 y 43 de la Ley n° 15.008, afectando derechos previsionales. Decisión: Se confirma la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley n° 15.008, ordenando el pago de haberes adeudados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La situación vinculada con la movilidad que se aplicó a los jubilados del Banco Provincia a partir de la vigencia de la Ley n° 15.008 ha sido cuestionada... el art. 41 de la normativa impugnada es el centro de los agravios... ha pasado a ser fuente verosímil de regresividad". "Es menester priorizar la previsibilidad, la seguridad jurídica y la no regresividad... la aplicación del índice para el cálculo de la actualización de los emolumentos previsto en la ley 27.426 ha generado una brecha extremadamente pronunciada". "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires... ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable".

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