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PORTHE MARTA ADRIANA C/ CAJA JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS

La actora promovió demanda de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley n° 15.008, reclamando la restitución de su haber jubilatorio. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó parcialmente la sentencia que declaró inconstitucional el artículo 41 de la ley, ordenando su pago conforme a la normativa anterior.

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Actor: Porthe Marta Adriana Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la Ley n° 15.008 y restablecimiento del derecho a la movilidad jubilatoria. Decisión: Se declaró inconstitucional la aplicación del art. 41 de la Ley n° 15.008 para la actora y se ordenó el reconocimiento de su derecho previsional conforme a la legislación anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso..."; "el art. 41 de la normativa impugnada es el centro de los agravios..."; "la naturaleza sustitutiva y la proporcionalidad son parte de la garantía del derecho de propiedad."

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