BUSTAMANTE DANIEL DELFOR C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS
El actor, Daniel Delfor Bustamante, apeló la sentencia que declaró inconstitucional la aplicación del artículo 41 de la ley N° 15.008 en su caso. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, reafirmando la necesidad de que la movilidad jubilatoria respete derechos fundamentales.
Actor: Daniel Delfor Bustamante Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley N° 15.008 y el restablecimiento de su derecho previsional. Decisión: Se declaró inconstitucional la aplicación del artículo 41 de la Ley N° 15.008 para el actor y se impuso a la demandada el reconocimiento de su derecho previsional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 41 de la normativa impugnada [...] parece no limitarse a incorporar al derecho local un esquema determinado de actualización previsional [...] sino que [...] brinda de antemano una autorización ilimitada en relación con los que lo reemplazaren." "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires [...] ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso." "La aplicación del artículo 41 le provoca un grave perjuicio patrimonial, al privarlo de las diferencias que debería percibir si su jubilación continuara rigiéndose por el incremento salarial que le corresponde al personal activo de su misma categoría salarial." "El reconocimiento de la movilidad ha de ordenarse con efectos hacia el futuro; esto es, sin retroacción o proyección ex tunc."
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