MENDOZA AURELIA NORBERTA C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO PROVINCIA BS AS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
La actora, Aurelia Norberta Mendoza, apeló la decisión que denegó la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley de Convertibilidad. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la inconstitucionalidad no fue planteada en tiempo y forma.
Actor: Aurelia Norberta Mendoza Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la Ley de Convertibilidad y liquidación de haberes previsionales. Decisión: Se rechazaron los recursos de apelación de ambas partes y se confirmó la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La objeción a la constitucionalidad de los mencionados preceptos no constituyó uno de los capítulos que conformaron oportunamente la controversia, no habiendo sido incluida la cuestión en el catálogo de pretensiones a decidir."
"El agravio en tratamiento debe ser desestimado."
"La declaración de inconstitucionalidad de las leyes sólo tiene cabida como última ratio del orden jurídico, por lo que para su procedencia se requiere que el interesado demuestre acabadamente de qué manera y con qué alcance la norma impugnada produce -en el caso
- una afectación a una garantía constitucional."
"El artículo 41 de la ley 15.008 exhibe, en lo que atañe a la movilidad de jubilaciones y pensiones, una fisonomía particular en tanto consagra una amplia remisión al régimen instituido por la Ley Nacional 26.417."
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