VARGAS WALTER FEDERICO MARTIN C/ ASOCIART ART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La Cámara de Morón declaró la caducidad de instancia por reincidencia en la inacción de la parte actora y confirmó la resolución de primera instancia, ordenando que las costas sean soportadas por la actora y regulando honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Walter Federico Martin Vargas, demandó a la aseguradora de riesgos del trabajo Asociaciónart ART S.A. por accidente in-itinere. La Cámara consideró que la parte actora incurrió en reincidencia al no impulsar el proceso durante más de seis meses tras una intimación, y declaró la caducidad de instancia conforme a la ley 15.057 y el Código Procesal Civil y Comercial. La magistrada fundamentó que "el deber genérico de impulso oficioso cese cuando la parte, a quien incumbe la realización de alguna diligencia apta para la prosecución del trámite, con su desinterés -evidenciado en el incumplimiento de las reiteradas intimaciones cursadas
- impide precisamente su ejercicio." Además, sostuvo que "la ley 13.986, en su artículo segundo, sustituye el art. 315 del CPCC, e incorpora el supuesto de caducidad de instancia 'por reincidencia', en la omisión de impulsar la instancia, para el caso de que el requerido a pronunciarse sobre el interés en el proceso y a materializar el acto de impulso, luego lo abandonare por idéntico período." La sentencia también dispuso que las costas serían soportadas por la parte actora y reguló honorarios al doctor Juan Martín Bravo en 7 Jus. La decisión fue adoptada en votación unánime por los jueces de la Cámara, quienes compartieron los fundamentos y la interpretación normativa que condujeron a la declaración de caducidad por reincidencia.
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