ROSSI GRACIELA REGINA C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Graciela Regina Rossi demandó a la Caja de Jubilaciones por el restablecimiento de derechos previsionales. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata confirmó la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008, argumentando la violación de la garantía de movilidad previsional.
Actor: Graciela Regina Rossi Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y reconocimiento del derecho a la liquidación de haberes previsionales conforme la ley anterior. Decisión: Se rechaza el recurso de apelación de la demandada y se confirma la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La modificación del haber previsional dispuesto en el art. 41 de la ley 15.008 infringe la garantía de movilidad prevista en el art. 14 bis de la Constitución Nacional y el art. 39 de la Constitución provincial." "El régimen de movilidad que instauraba la novel regulación se desvincula de los incrementos correspondientes al cargo determinativo del haber, lo cual revelaba la ausencia de una relación proporcionada entre la prestación de retiro y aquella que le habría correspondido al reclamante de seguir en actividad." "La Cámara concluye que el diseño legislativo del art. 41 de la ley 15.008 implica una delegación a un régimen de movilidad previsional ajeno, lo que afecta derechos fundamentales y compromete la previsibilidad y seguridad jurídica."
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