NANO MARIA DEL ROSARIO C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL S/ AMPARO
María del Rosario Nano interpuso acción de amparo contra el Instituto de Previsión Social por la retención de sus haberes previsionales desde agosto de 2021. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el pago de las sumas adeudadas pero dejando sin efecto la devolución retroactiva.
Actor: María del Rosario Nano Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) Objeto: Pago de haberes previsionales retenidos desde agosto de 2021. Decisión: Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el pago de los haberes adeudados, pero se deja sin efecto la devolución retroactiva de las sumas retenidas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza de grado considera probado de manera inequívoca que se configuran los requisitos para la procedencia de la acción de amparo, toda vez que se ha restringido y afectado derechos de reconocimiento constitucional, dado el carácter alimentario del haber previsional." "La ausencia de respuesta oportuna de la demandada, torna expedita la acción incoada, de modo tal de evitar situaciones disvaliosas como la que se verifica en la especie, en la que se vulneran los derechos alimentarios del adulto mayor." "La acción progresa en tanto surge patente que la suspensión del pago del haber jubilatorio y su no reanudación a pesar de los reclamos efectuados por la actora, constituye una situación que lesiona con arbitrariedad manifiesta los derechos alimentarios de la amparista." "La naturaleza del proceso tramitado, limitado a la restitución de una garantía constitucional con lesión actual que, por su composición, exige del restablecimiento inmediato, excluye toda variable de posibilidad para la discusión relativa al aspecto patrimonial que resuelve la jueza de la causa."
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