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VARGAS JUAN EMANUEL C/ COTECSUD COMPAÑIA TECNICA SUDAMERICANA S.A. DE SERVICIOS EMPRESARIOS S/ DESPIDO

El actor solicitó la homologación de un acuerdo conciliatorio tras un despido. El Tribunal de Trabajo N° 4 homologó el acuerdo, enfatizando que no vulnera principios de orden público y es una justa composición de derechos.

Homologacion Despido Acuerdo conciliatorio Tasa de justicia Honorarios profesionales Costas Ley 20.744 Ley 14.967 Tribunal de trabajo Provincia de buenos aires

Actor: VARGAS JUAN EMANUEL Demandado: COTECSUD COMPAÑIA TECNICA SUDAMERICANA S.A. DE SERVICIOS EMPRESARIOS Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio tras un despido Decisión: Se homologó el acuerdo y se impusieron costas a la demandada

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes". Además, se establecen las costas a la demandada, que deberá abonar la TASA DE JUSTICIA de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL ($99.000.-). También se regulan honorarios profesionales, incluyendo la suma de PESOS NOVECENTOS MIL ($900.000.-) y otros montos para peritos intervinientes.

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