PONTEPRINO CARLOS NICOLAS C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor Carlos Nicolás Ponteprimo interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que hizo lugar parcialmente a su pretensión de reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales. La Cámara confirmó la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008, reconociendo el derecho del actor a que su haber previsional se liquide conforme al régimen anterior.
Actor: Carlos Nicolás Ponteprimo Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales Decisión: Se confirma la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se reconoce el derecho del actor a que su haber previsional se liquide conforme al régimen anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza a quo dictó sentencia y resolvió: Hacer lugar parcialmente a la pretensión de reconocimiento y restablecimiento de derechos deducida en autos por Néstor Hugo Centeno contra la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, declarando la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 en su aplicación concreta al caso." "El artículo 41 de la ley 15.008 atiende a indicadores completamente ajenos al cargo regulatorio del haber, provocando la pérdida del carácter sustitutivo de la prestación previsional." "La declaración de inconstitucionalidad de una norma constituye un acto de suma gravedad institucional, que debe considerarse como la última ratio del orden jurídico."
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