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UDI RAUL ARNOLDO C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

El actor promovió demanda por el restablecimiento de derechos previsionales ante la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 15.008, reconociendo el derecho del actor a una movilidad jubilatoria acorde a su situación previa.

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Actor: Udi Raúl Arnoldo Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales Decisión: Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 en su aplicación concreta al caso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 41 de la ley 15.008 se muestra contrario a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial, cual es la necesaria proporción que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad." "La movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base." "La norma en estudio quebraba la necesaria proporcionalidad del haber con el salario correspondiente al cargo otrora ejercido."

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