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PALMISCIANO LIDIA SUSANA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BS.AS. S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - PREVISION

El actor promovió medida cautelar autónoma contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires para el cumplimiento de una resolución de jubilación. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo hizo lugar al recurso de apelación y revocó la sanción conminatoria impuesta al demandado.

Medida cautelar Jubilacion Instituto de prevision social Sanciones conminatorias Astreintes Cumplimiento de sentencia Recurso de apelacion Error de juzgamiento Derecho de defensa Procedimiento administrativo

Actor: Lidia Susana Palmisciano Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Cumplimiento de la Resolución Nº 982404 sobre liquidación de beneficios de jubilación. Decisión: Se hace lugar al recurso de apelación y se revoca la providencia que imponía astreintes al demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El despacho recurrido, en lo que ha sido materia de agravio, muestra error de juzgamiento por prematuro y conjetural." "Las astreintes contempladas en el artículo 37 del CPCC y 804 del CCyC resultan un medio de compulsión administrado por los jueces, destinado a lograr el cumplimiento de sus decisiones." "A partir del cumplimiento de lo ordenado por sentencia de grado de fecha 6/06/24, tal como ha sido acreditado en autos y consentido por la parte actora corresponde revocar el pronunciamiento materia de agravios."

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