VICENTE JUAN CARLOS C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Vicente Juan Carlos promovió demanda por el restablecimiento de derechos previsionales, cuestionando la inconstitucionalidad de la Ley 15.008. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia que reconoció el derecho al reajuste de su haber previsional y declaró inconstitucional el art. 41 de la mencionada ley.
Actor: Vicente Juan Carlos Demandado: Caja de Jubilaciones Subsidios y Pensiones del Personal del Banco Objeto: Restablecimiento de derechos previsionales y cuestionamiento de la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008. Decisión: Se confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que admitió la demanda, declarando la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y reconociendo el derecho del actor al reajuste de su haber previsional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El nuevo mecanismo de movilidad provoca un evidente menoscabo al principio de progresividad, consagrando la citada disposición de la Ley 15.008, un sistema regresivo que vulnera la garantía constitucional del derecho a la seguridad social." "La declaración de inconstitucionalidad de normas legales o reglamentarias constituye una de las más delicadas funciones susceptibles de encomendar a un tribunal de justicia; es un acto de suma gravedad institucional y debe ser considerado la última ratio del orden jurídico." "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso."
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