GOMEZ RICARDO DAMIAN C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Sentencia que condena a la aseguradora por accidente de trabajo, reconociendo la relación laboral y la incapacidad permanente parcial del actor, y declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 en relación a la tasa de interés.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa inicia con la demanda de Ricardo Damian Gomez contra Federación Patronal Seguros SA, solicitando la indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 01/11/2018. La demandada reconoce haber otorgado prestaciones en especie y la existencia de la contingencia, pero niega relación laboral y la incapacidad alegada. La prueba pericial médica establece una incapacidad del 4% por traumatismo en la muñeca derecha, con relación causal, mientras que la pericial psicológica determina que no existe incapacidad psíquica. La prueba contable indica un ingreso mensual de $65.430,37. La sentencia concluye que hay relación laboral, que el accidente ocurrió en el desempeño de tareas habituales, y que la incapacidad permanente parcial es del 4%. Basándose en la legislación vigente al momento del conocimiento del daño, se calcula una indemnización de $269.656,87 por incapacidad, más intereses desde el 01/11/2018, que ascienden a $1.123.398,25, totalizando $1.393.055,12. Además, se declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 en cuanto modifica la tasa de interés aplicable. Se imponen costas a la parte vencida y se regulan honorarios profesionales y de peritos conforme a la ley 14.967 y otras normativas aplicables, delimitando los pagos a cargo del condenado en costas, con un límite de $160.000 para honorarios del letrado de la parte actora, y señalando que los honorarios de los peritos deben ser afrontados por ambas partes, salvo excepciones legales. Se informa a la ART sobre la obligación de depositar las prestaciones en la cuenta sueldo del trabajador y se ordena comunicar los datos para los pagos. Finalmente, se ordena expedir comunicación de desvinculación de los peritos y se regula el pago de honorarios y costas conforme a las leyes y normativas vigentes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: