MIGUEZ ROMINA MABEL C/ LA SEGUNDA ART S.A. S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
La sentencia condena a La Segunda Art S.A. a abonar la indemnización por incapacidad permanente parcial derivada de un accidente in itínere. La Cámara confirmó el quantum y declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19, fundamentando que el Poder Ejecutivo usurpa facultades legislativas, y dispuso el pago en los términos del art. 14 de la Ley 24.557.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante Romina Mabel Miguez promovió demanda contra La Segunda Art S.A. para obtener una prestación dineraria por las secuelas de un accidente in itínere ocurrido el 19/11/19, donde sufrió un esguince en tobillo derecho que le provocó una incapacidad del 10,8%. La demandada reconoció haber otorgado prestaciones en especie, pero negó la relación laboral y la contingencia. La prueba pericial médica acreditó la existencia de secuelas con tal grado de incapacidad, y la pericia contable determinó un ingreso mensual de $19.001,80, actualizado al momento del hecho. La jurisprudencia y doctrina legal aplicables respaldaron la procedencia de la indemnización conforme a la Ley 24.557 y sus modificaciones, considerando además que el accidente fue in itínere y que las leyes 27.348 y 14.996, junto con la resolución 298/17, exige trámite previo ante las comisiones médicas, el cual fue cumplido. La sentencia fue fundada en la relación laboral acreditada, la relación causal y la adecuada valoración de la prueba médica y contable. El tribunal también declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 por usurpación de facultades legislativas del Poder Ejecutivo, en cumplimiento del control de constitucionalidad de oficio. La condena incluye el pago de la suma de $268.062,58, intereses desde el 19/11/19, y costas a cargo de la demandada. Además, se regulan honorarios y se informa sobre la forma de pago a los profesionales y la inconstitucionalidad del DNU mencionado.
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