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MAULIN ROBERTO CARLOS C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral por honorarios extrajudiciales; la Cámara confirma la homologación y regula honorarios y costas.

Recurso de apelacion Homologacion de acuerdo Honorarios extrajudiciales Costas procesales Ley 15.057 Ley 20.744 Justicia laboral Provincia de buenos aires Medidas de cumplimiento Notificacion electronica


- Quien demanda (Actor): Roberto Carlos Maulin Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Objeto: Homologación de acuerdo conciliatorio por honorarios extrajudiciales y regulación de costas y honorarios profesionales. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio en los términos propuestos, se intimó a la demandada para integrar la tasa de justicia, se impusieron costas a la demandada, y se reguló el pago de honorarios profesionales, incluyendo aportes de ley y honorarios del letrado de la parte actora. Además, se establecieron diversas medidas para el cumplimiento del acuerdo y notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec. 339/94 B.O. 29-7-94). Por otro lado, la homologación de acuerdos conciliatorios en el ámbito laboral es una práctica habitual y aceptada, siempre que no contravengan principios de orden público y los derechos de las partes. La evidencia y las manifestaciones de las partes en autos indican que el acuerdo es fruto de una negociación voluntaria y cuenta con la aceptación de ambas partes, por lo que su homologación resulta procedente." Disidencias: No se registran votos en disidencia.

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