CAPRA BLAS C/ FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR
El abogado Blas Capra solicitó la regulación de honorarios por su actuación ante la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo N° 4 resolvió regular los honorarios en 5 jus arancelarios a cargo de la demandada, considerando la actuación del profesional como oficiosa y el resultado obtenido.
- El actor: Blas Capra
¿A quién se demanda?
Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Regulación de honorarios por actuación profesional ante la Comisión Médica Jurisdiccional.
- Decisión del tribunal: Se regulan honorarios en 5 jus arancelarios a cargo de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En tal contexto es de mi convencimiento que la tarea efectuada por el profesional peticionante debe ser considerada oficiosa y devenga honorarios a su favor, en tanto obtuvo el resultado perseguido administrativamente: la revocación del alta otorgada prematuramente." "El art. 1° de la ley 27.348 en su 3° párrafo sin efectuar distinción alguna, expresamente manda a que 'Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado y demás gastos en que incurra el trabajador a consecuencia de su participación ante las comisiones médicas estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.).'" "En cuanto a la determinación de los honorarios, el art. 37 de la Res. SRT 298/17 remite a los porcentajes previstos en las disposiciones de las leyes de aranceles de cada jurisdicción local, siendo de aplicación en nuestra provincia la Ley 14.967."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: