APODACA MARIA ELENA C/ COLEGIO Y CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE MARTILLEROS Y CORREDORES PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO-EXPTE DIGITAL
María Elena Apodaca promovió recurso de apelación contra el rechazo de su acción de amparo para obtener una pensión. La Cámara confirmó el rechazo in limine litis, argumentando la falta de requisitos de admisibilidad para el proceso constitucional en cuestión.
Actor: María Elena Apodaca Demandado: Colegio y Caja de Previsión Social de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Otorgamiento del beneficio de pensión conforme Ley 7.014 y abono del retroactivo desde la fecha de solicitud Decisión: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma el rechazo de la acción de amparo
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios no logran demostrar ribetes de error en una decisión que se afinca en la existencia de vías ordinarias de composición aptas para resolver una controversia que, por fuerza constitucional (art. 166 CPBA cit.), recala en el fuero contencioso administrativo." "El perfil auxiliar y de excepción de la acción de amparo, que bien pondera el despacho judicial recurrido, excluye toda variable de procedencia para ella..." "La demanda administrativa así se constituye en la vía procesal idónea para una especie que cuenta con esa derivación forzosa desde el texto constitucional."
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