CURUTCHET ALEJANDRO DAMIAN C/ PARDIÑO GERARDO Y OTRO/A S/ DESPIDO
Decreto de caducidad de instancia en proceso por despido, por inacción de las partes tras intimación. La Cámara confirmó la caducidad por desinterés manifiesto de la parte actora y ordenó costas a la misma, con gratuidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Alejandro Damian Curutchet, promovió una acción por despido contra Gerardo Pardiño y otro. El tribunal constató que, tras la intimación realizada el 16/02/2023, las partes no impulsaron el expediente en cinco días hábiles y guardaron silencio, por lo cual se propuso y se dictó la caducidad de la instancia. La decisión se fundamenta en que "la paralización del trámite de la causa -por el plazo que establece el art. 11 de la ley 15.057
- no proviene, obviamente, del incumplimiento de un deber especifico de impulso a cargo del Tribunal, sino del desinterés de la parte interesada en la prosecución, manifiesto o inequívoco, según el resultado de la intimación que a tales fines debe efectuarse (SCBA, L. 111.555, 20/03/2013), tal lo que ocurrió en autos". La sentencia también señala que "la caducidad de instancia constituye una medida de carácter excepcional y por lo tanto de interpretación restrictiva". Se imponen las costas a la parte actora, con el beneficio de gratuidad, y se regulan honorarios profesionales en los montos y condiciones indicados en la resolución. La sentencia fue firmada digitalmente, en La Plata, y registrada por el Actuario.
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