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CURUTCHET ALEJANDRO DAMIAN C/ PARDIÑO GERARDO Y OTRO/A S/ DESPIDO

Decreto de caducidad de instancia en proceso por despido, por inacción de las partes tras intimación. La Cámara confirmó la caducidad por desinterés manifiesto de la parte actora y ordenó costas a la misma, con gratuidad.

Caducidad de instancia Ley 15.057 Inaccion de las partes Gratuidad Costas Despido Proceso laboral Inactividad procesal Notificacion electronica Honorarios profesionales

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Alejandro Damian Curutchet, promovió una acción por despido contra Gerardo Pardiño y otro. El tribunal constató que, tras la intimación realizada el 16/02/2023, las partes no impulsaron el expediente en cinco días hábiles y guardaron silencio, por lo cual se propuso y se dictó la caducidad de la instancia. La decisión se fundamenta en que "la paralización del trámite de la causa -por el plazo que establece el art. 11 de la ley 15.057
- no proviene, obviamente, del incumplimiento de un deber especifico de impulso a cargo del Tribunal, sino del desinterés de la parte interesada en la prosecución, manifiesto o inequívoco, según el resultado de la intimación que a tales fines debe efectuarse (SCBA, L. 111.555, 20/03/2013), tal lo que ocurrió en autos". La sentencia también señala que "la caducidad de instancia constituye una medida de carácter excepcional y por lo tanto de interpretación restrictiva". Se imponen las costas a la parte actora, con el beneficio de gratuidad, y se regulan honorarios profesionales en los montos y condiciones indicados en la resolución. La sentencia fue firmada digitalmente, en La Plata, y registrada por el Actuario.

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