ARIAS MAXIMILIANO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral N° 4 declaró la caducidad de instancia en autos por abandono del proceso por parte del actor, imponiendo costas y regulando honorarios profesionales y periciales. La decisión se fundamenta en el incumplimiento del plazo legal y la falta de actividad procesal del actor, considerando que el silencio y la inacción evidencian desinterés en continuar con la causa. La caducidad se decretó en virtud del art. 11 y 12 de la ley 15.057, destacando que la paralización del trámite es atribuible al desinterés del actor, y no a un incumplimiento del tribunal. Se impusieron las costas a la parte actora con beneficio de gratuidad, y se reguló el pago de honorarios, considerando la naturaleza de la causa y la tarea desarrollada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, ARIAS MAXIMILIANO, promovió una acción especial por accidente de trabajo contra FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. La causa fue resuelta con la declaración de caducidad de instancia por el tribunal, debido a que la parte actora no impulsó el expediente tras la intimación y vencimiento del plazo legal, evidenciando un claro abandono del proceso. La sentencia sostiene que la caducidad es una medida excepcional que requiere la constatación de que la paralización no proviene del incumplimiento del tribunal, sino del desinterés de la parte. La resolución fundamenta que la inacción del actor es manifiesta y que, en consecuencia, deben imponerse las costas, con el beneficio de gratuidad, y regularse honorarios en función de la tarea realizada, con especial atención a los montos y la complejidad de los trabajos profesionales y periciales. La decisión se basa en los arts. 11 y 12 de la ley 15.057, con citas a jurisprudencia y normativa aplicable, y se advierte que la inacción del actor justifica la caducidad, en línea con la doctrina recogida en la SCBA (L. 111.555).
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