CARUSO JOHANNA ANDREA C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La sentencia regula los honorarios del letrado en un expediente administrativo y judicial derivado de la actuación ante la Comisión Médica, confirmando el monto en 15,291 jus arancelarios a cargo del Fisco Provincial, y establece costas de acuerdo a la vencida. La resolución se funda en la normativa aplicable y la valoración de la labor profesional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La abogada Johanna Andrea Caruso solicita la regulación de honorarios por su actuación en el trámite ante la Comisión Médica N°11 en el expediente 402723/23, relacionado con un siniestro laboral ocurrido el 6/1/2023, en el cual se homologó un acuerdo por $2.119.441,79. La demandada, el Fisco de la Provincia de Buenos Aires, reconoce la actuación pero cuestiona la regulación, invocando circulares y resoluciones administrativas que establecen un porcentaje del 5% del monto indemnizatorio, inferior a las pautas arancelarias, y solicitando el rechazo de la demanda. La jueza analiza las normas laborales y arancelarias, concluyendo que la regulación debe hacerse con base en el valor del jus vigente al momento del acto administrativo, en este caso, $13.860, y determina un honorario de 15,291 jus arancelarios, equivalentes al 10% del valor del acuerdo, ajustado por la normativa vigente y la doctrina de la SCBA. Además, impone costas a la parte demandada y regula honorarios para el letrado actuante en 7 jus arancelarios, considerando la complejidad y resultados. La resolución fundamenta que las normas administrativas que fijan porcentajes inferiores no son oponibles y que la valoración debe ajustarse al marco legal y arancelario aplicable.
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