B.D.L.P.D.B.A. C/ S.M.S. S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC. ALQUI8LERES, ETC.)
El actor apeló la resolución que decretó la caducidad de la instancia en un proceso de cobro sumario. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la decisión, considerando que el juez actuó correctamente al no haber solicitado la excepción de incompetencia en el momento adecuado.
Actor: B.D.L.P.D.B.A. Demandado: S.M.S. Objeto: Cobro sumario de sumas de dinero (exc. alquileres). Decisión: Se confirma la caducidad de la instancia decretada el 12/08/2024.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de instancia surge como una institución de orden público, que tiende a liberar a los órganos jurisdiccionales de la sustanciación y resolución de los procesos cuando la parte interesada
- actor, demandado, apelante, incidentista
- carece, presumiblemente, de interés en su prosecución."
"La oportunidad de los jueces para desprenderse de las actuaciones sólo puede verificarse al inicio de la acción o al tiempo de resolver una excepción de incompetencia, extremos que no se han configurado en el proceso."
"En consecuencia, la caducidad de instancia decretada con fecha 12/08/2024 resulta ajustada a derecho (arts. 310, 311 y 315 del C.P.C.C.)."
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