ALTONAGA GABRIEL CARLOS C/ UNIR S.A Y OTRO/A S/ DESPIDO
El Tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por despido, aceptando un pago de $15.000.000 en cuatro cuotas. La decisión se fundamentó en que la conciliación no vulnera principios de orden público y contribuye a la celeridad procesal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre Gabriel Carlos Altonaga y Unir S.A en la causa por despido, en la audiencia del 13/08/2025, ratificado mediante presentaciones electrónicas del 13/08/2025 y 28/08/2025. La resolución dispone que la sumatoria de $15.000.000 se pagará en cuatro cuotas mensuales, con una cláusula penal del 0,3% diario ante incumplimiento. La fundamentación principal sostiene que la conciliación, en tanto que no vulnera principios de orden público y constituye una forma de resolver la controversia con celeridad, es procedente y válida conforme al art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. El tribunal destaca que la renuncia genérica de derechos no tiene valor (art. 12 L.C.T.), y que la homologación garantiza la efectividad del acuerdo, además de regular honorarios, costas y otros aspectos formales. La decisión fue suscripta por los jueces en acuerdo ordinario, con unanimidad.
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