COLUCCI CRISTIAN C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara de Trabajo N° 4 de La Plata rechazó la solicitud de regulación de honorarios del abogado en trámite administrativo, argumentando que no hubo reconocimiento parcial o total de la pretensión del trabajador en sede administrativa. La actividad profesional del letrado no generó resultado favorable, por lo que no corresponde regular honorarios a cargo de la aseguradora de riesgos del trabajo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue presentada por Cristian Colucci contra Federación Patronal Seguros S.A.U. con el fin de que se regulen honorarios por actuación administrativa ante la Comisión Médica N°11 de La Plata, referente a la determinación de incapacidad del trabajador Marcelo Caldera. La sentencia analiza si la actividad del letrado en sede administrativa amerita la regulación de honorarios a cargo de la aseguradora de riesgos del trabajo. La Cámara concluye que la actuación del profesional no alcanzó reconocimiento parcial o total de la pretensión, ya que el trámite culminó sin declaración de incapacidad, por lo que no corresponde la regulación de honorarios en estos términos. Se cita la legislación aplicable, destacando que los honorarios devengan solo en caso de resolución favorable en sede administrativa, lo cual no ocurrió en este caso, por lo que se rechaza in limine la petición. La sentencia resalta que, en estos casos, la actividad profesional no puede ser considerada como oficiosa y no se configura el supuesto de regulación de honorarios por la normativa vigente. Se confirma el rechazo sin costas, en virtud de la forma en que se resuelve.
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