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BARRAZA CINTIA DANIELA C/ MESA HUGO FACUNDO Y OTRO/A S/ ALIMENTOS

El actor promovió demanda por alimentos contra el padre y subsidiariamente contra la abuela paterna de sus hijas menores. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó el reclamo contra la abuela, considerando su imposibilidad económica de afrontar la cuota alimentaria.

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Actor: Cintia Daniela Barraza, en representación de sus hijas menores. Demandado: H. F. M. (padre) y B. M. A. (abuela paterna). Objeto: Cuota alimentaria a favor de las hijas menores. Decisión: Se confirma la sentencia que desestimó el reclamo alimentario contra la abuela paterna.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación alimentaria de los abuelos se encuentra comprendida dentro del deber alimentario nacido del parentesco regulado en los arts. 537 y ss del CCyC. Esta obligación es de 'carácter subsidiario'... La apelante no alegó ni acreditó que la abuela paterna tenga un nivel de vida que demuestre una holgura que le permita afrontar... una cuota alimentaria a favor de sus nietas." "La Sra. Juez de grado tuvo en cuenta la condición de adulto mayor de la abuela paterna, que su único ingreso es el que percibe por un beneficio previsional, que este ingreso es menor al beneficio (CUNA) que recibe la actora por sus dos hijas menores... no surge demostrado error de la juez de grado al considerar la condición de la abuela paterna y su imposibilidad de afrontar una cuota alimentaria para sus nietas."

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