DOMINGUEZ JULIAN CRUZ C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Tribunal del Trabajo N° 3 de San Nicolás de los Arroyos dicta sentencia favorable al letrado demandante, reconociendo sus honorarios por tareas extrajudiciales en trámite ante la Comisión Médica, en base a normativa arancelaria provincial y legislación específica del régimen de comisiones médicas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Dr. Julián Cruz Domínguez, promovió demanda contra Swiss Medical ART SA solicitando la regulación de honorarios por su trabajo en sede administrativa, específicamente en el expediente ante la Comisión Médica 31-B, donde actuó como letrado del dependiente de la asegurada. El tribunal verificó que la intervención del actor fue durante el trámite administrativo en el marco de la ley N° 27348, en el que la aseguradora fue parte, y que su labor fue necesaria y obligatoria. Se acreditó que las tareas realizadas fueron profesionales y que la normativa aplicable (ley 14.967 y resolución 298/17) establece que los honorarios deben regularse en función de las pautas arancelarias locales, en este caso en 11,55 unidades jus (equivalentes a $500.000). La sentencia destaca que la asistencia letrada en estos procedimientos es de carácter obligatorio y que la retribución debe ajustarse a la normativa provincial, no siendo posible la tramitación del pago en el ámbito administrativo previo. La decisión también señala que los honorarios del letrado deben abonarse en los plazos y condiciones estipulados, con costas a la ART por oposición, y con la regulación en los montos señalados. La resolución concluye haciendo lugar a la demanda y regulando los honorarios en los importes indicados.
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