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OCAMPO JUAN MANUEL C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

Juan Manuel Ocampo planteó un incidente de competencia ante el Tribunal del Trabajo N° 3, solicitando que se declare la incompetencia del tribunal por la ubicación del domicilio del actor. El tribunal hizo lugar al planteo, determinando que la competencia corresponde al Tribunal de Trabajo de Florencio Varela.

Incidente Competencia Tribunal del trabajo Ley 15.057 Accion de revision Comision medica jurisdiccional Domicilio Florencio varela Riesgos del trabajo Procedimiento administrativo

Actor: Juan Manuel Ocampo Demandado: Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Objeto: Declaración de incompetencia del Tribunal. Decisión: Se hizo lugar al planteo de incompetencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que conforme surge de las constancias de autos, el actor -con anterioridad a promover la presente demanda
- había agotado la instancia administrativa previa por ante la Comisión Médica Jurisdiccional N°383 de San Martín". "Que la interpretación de los arts. 2 inc. j) y 103 de la citada ley 15.057, conducen a determinar que la decisión emitida por la Comisión Médica Jurisdiccional es susceptible de ser recurrida ante los actuales tribunales de trabajo". "Corresponde hacer lugar al planteo 'sub examine'".

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