GARRO PABLO JUAN JOSE C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara del Trabajo de General San Martín confirmó la sentencia que reguló los honorarios del letrado de Garro por la actuación en trámite administrativo ante la S.R.T., en línea con las normativas aplicables y la homologación del acuerdo de incapacidad. La resolución establece el monto en $591.066, equivalente a 14 jus arancelarios, a abonarse en 10 días bajo apercibimiento de embargo.
¿Quién es el actor?
Pablo Juan José Garro, en su carácter de letrado patrocinante del Sr. Raúl Matías Escobar.
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros S.A.U.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
honorarios profesionales por la actuación en el expediente administrativo ante la S.R.T. y regulación de los mismos en 14 jus arancelarios, equivalentes a $591.066.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, se reguló el honorario en 14 jus arancelarios (o su equivalente en $), por la tarea profesional en expediente administrativo, y se condenó a la demandada al pago en 10 días con apercibimiento de embargo. Además, se impusieron las costas a la demandada vencida y se diferió la regulación de honorarios de otros profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Tribunal ha considerado que la actuación del letrado Garro en el expediente N° 530143/24, tramitado ante la Comisión Médica 38, fue en el marco de la homologación del acuerdo de incapacidad laboral permanente de 1,20% por la suma de $8.500.000, homologado en fecha 06/03/2025." "La normativa aplicable, en particular la Ley 14.967 y la Resolución 298/2017, establecen que los honorarios por patrocinio en estos procedimientos deben ser regulados por el tribunal y que la actuación de las comisiones médicas no regula los honorarios de los profesionales." "El monto regulado, equivalente a 14 jus arancelarios, resulta conforme a las pautas arancelarias vigentes y la actuación del letrado en el expediente administrativo." "La obligación de pago en el plazo de 10 días, bajo apercibimiento de embargo, responde a la necesidad de garantizar la efectiva tutela jurídica del profesional y la correcta percepción de sus honorarios." "Se imponen las costas a la parte vencida, en virtud de lo dispuesto por la ley procesal y la naturaleza de la condena." "El diferimiento de la regulación de honorarios de otros profesionales intervinientes se realiza hasta que se efectúe el pago de la suma regulada." 9. PALABRAS CL
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