PACHECO MARIA PAULA C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara homologó un acuerdo transaccional en un reclamo por accidente de trabajo, considerando que no existían obstáculos legales y que se logró una justa composición de la litis. La decisión tiene fuerza de cosa juzgada y ordena pagos y condiciones de cumplimiento para las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, PACHECO MARIA PAULA, demanda a PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., reclamando una resolución vinculada a un accidente de trabajo y la homologación de un acuerdo transaccional. El tribunal, tras analizar las constancias del expediente, el informe médico y las explicaciones de las partes, concluyó que no había impedimentos legales para homologar el acuerdo, considerando que se alcanzó una justa composición de la litis. La resolución dispone la homologación del acuerdo con fuerza de cosa juzgada, establece que las costas serán a cargo de la demandada, regula los honorarios profesionales y detalles del pago, incluyendo la acreditación de los mismos en cuentas bancarias y la exención de pago de la tasa de justicia, salvo la suma de $145.200 a acreditar electrónicamente. La fundamentación principal destaca que “no surge obstáculo legal alguno que impida su homologación” y que “se ha logrado una justa composición de la litis”, en línea con los artículos 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, 30 de la Ley 15.057, y artículos 309 y siguientes del CPCC.
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