OVIEDO ESQUIVEL EDUARDO FABIAN C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La demanda por indemnización derivada de un accidente de trabajo fue favorable al actor, condenando a la aseguradora a pagar $3.745.513,59 por secuelas incapacitantes, basándose en el reconocimiento del accidente, la vinculación de las lesiones y la aplicación del baremo de la Ley 24.557 y normas complementarias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Eduardo Fabián Oviedo Esquivel, demanda a Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. reclamando indemnización por secuelas incapacitantes derivadas de un accidente laboral ocurrido el 2 de junio de 2022, en el que se le diagnosticó un porcentaje de incapacidad del 14,44%. La aseguradora admite el accidente y las prestaciones brindadas, pero cuestiona la cuantificación y el origen de las secuelas. La sentencia concluye que la contingencia fue reconocida como accidente de trabajo, vinculando las lesiones con la misma, y aplicando la normativa vigente, establece una indemnización total de $3.745.513,59, actualizada y con los ajustes pertinentes, rechazando los planteos de inconstitucionalidad y confirmando la decisión de primera instancia. Fundamentos principales: El tribunal destaca que la instancia administrativa reconoce la contingencia y las prestaciones, y que la vinculación entre accidente y secuelas fue corroborada por la prueba pericial médica y psicológica, que determinó un 14,44% de incapacidad parcial y permanente, causal con el accidente. Se cita la normativa de la Ley 24.557, el baremo Decreto 659/96, y la doctrina jurisprudencial que sostiene la obligatoriedad de aplicar dicho baremo para determinar el porcentaje de incapacidad, rechazando la alegación de que sea solo indicativo. Además, se confirma que la contingencia ocurrió en el contexto laboral, sin preexistencias que afecten la causalidad, y que la aseguradora no abonó suma alguna en concepto de indemnización. La sentencia también valida el cálculo del ingreso base actualizado, la aplicación del índice RIPTE, y la indemnización adicional del 20% prevista en la Ley 26.773. La resolución incorpora la normativa de actualización, el marco internacional y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Provincia, consolidando la procedencia y monto de la indemnización.
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