T. B. A. C/ E. L. 216 S.A. DE TRANSPORTES Y O. S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC. ESTADO)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido durante el descenso de un colectivo. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia que rechazó la demanda por falta de prueba del nexo causal entre el daño y el contrato de transporte.
Actor: T. B. A. Demandado: E. L. 216 S.A. DE TRANSPORTES Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente durante el descenso de un colectivo. Decisión: Se confirmó el rechazo de la demanda por falta de prueba del nexo causal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La falta de prueba del nexo causal obsta a la procedencia de la indemnización." "Al no demostrarse lo alegado en el escrito liminar y habiendo reconocido la actora que se cayó porque se dobló el pie derecho, no hay prueba alguna de que la causa del daño haya sido el contrato de transporte." "Es necesario que demuestre que el daño se produjo durante el contrato de transporte y por alguna razón vinculada con el mismo. Cosa que, insisto, aquí no ha sucedido."
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