REIMANN RAIMUNDO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El Tribunal del Trabajo N° 3 homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral, confirmando la validez del mismo y eximiendo del pago de impuestos y tasas procesales. La decisión se fundamenta en que la composición de derechos es equitativa y sin violación del orden público, y se ordenan los depósitos de las sumas adeudadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Reimann Raimundo contra Federación Patronal Seguros S.A.U. en un proceso de homologación de convenio laboral. La sentencia homologó el acuerdo alcanzado el 20/8/2025, considerando que la composición de derechos era equitativa y no violaba el orden público, y que debía ser homologado. La resolución establece que las partes están exentas del pago de impuestos y tasas, y regula aspectos relacionados con los depósitos y el cumplimiento del acuerdo, incluyendo la apertura de cuentas en bancos y la acreditación de la titularidad por parte de la actora. Además, se imponen costas a la demandada y se ordena regular honorarios profesionales, con incrementos por responsabilidad inscripta. La sentencia también señala que la parte demandada debe realizar los pagos mediante depósitos en cuenta bancaria, con la acreditación previa de la titularidad por parte de la actora, y se ordena la comunicación al banco y al tribunal para formalizar los depósitos. La decisión se basa en que el acuerdo es justo, sin violaciones de derechos protegidos y conforme a la legislación laboral vigente, en particular los arts. 12,15 de la Ley de Contrato de Trabajo, y las leyes 15.057, 14.967/17, 27.348, 26.773 y 26.696. Se advierte que en caso de incumplimiento, se aplicarán las disposiciones del art. 275, 3er párrafo de la Ley de Contrato de Trabajo.
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