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C. V. I. C/ A. S. R. S/CUIDADO PERSONAL

El demandante solicitó la continuidad de la cobertura médica y tratamientos por parte de la Obra Social de la Policía Federal. La Cámara de Apelaciones confirmó la medida cautelar de no innovar, destacando la vulnerabilidad del afiliado y la necesidad de garantizar el derecho a la salud.

Cuidado personal Cobertura medica Medida cautelar Derecho a la salud Vulnerabilidad Proceso de amparo Constitucion nacional Principio pro homine Obra social Estado nacional

Actor: C. V. I. Demandado: Estado Nacional-Policía Federal Argentina Objeto: Continuidad de la cobertura médica y tratamientos. Decisión: Se confirmó la medida cautelar de no innovar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho a la vida -comprensivo de la preservación de la salud
- es el primer derecho de la persona humana reconocido y garantizado por la Constitución Nacional... En cuestiones que involucran el derecho a la salud, las eventuales dudas han de solventarse en favor del paciente, nunca en su perjuicio, en tanto la materia se encuentra gobernada por el principio pro homine." "Es imprescindible que entre en juego la justicia de acompañamiento o protección e ir siempre en procura, y resguardo, de la sustancia de los derechos en juego, con indudable prevalencia de lo fondal por sobre lo procesal." "La medida decretada debería mantenerse... la jurisprudencia ha entendido viable el dictado de estas medidas en procesos como el presente... la materia del recurso y el éxito, relativo, del mismo, entiendo que las costas de Alzada deberán quedar impuestas en el orden causado."

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