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FREYRE NORMA VIVIANA C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La sentencia reconoce el derecho de la profesional a honorarios por actuación administrativa en la Comisión Médica, condenando a la ART a pagarle. La decisión se basa en la obligatoriedad del trámite previo y la normativa legal aplicable, regulando los montos y costas.

Recurso de

¿Qué se resolvió en el fallo?

La profesional FREYRE NORMA VIVIANA demanda a la aseguradora de riesgos del trabajo, LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A, reclamando honorarios por su actuación administrativa en el expediente SRT 284650/23. La demandada argumenta que la actuación no fue oficiosa (art. 34 ley 15.057). El tribunal analiza la normativa de la Ley 27.348 y la ley 14.967, que establecen la obligatoriedad del trámite previo en las comisiones médicas y la responsabilidad de la ART en el pago de honorarios. Se concluye que la actuación en sede administrativa, con patrocinio letrado, genera derecho a honorarios a cargo de la aseguradora, siempre que la actuación sea oficiosa y se reconozca la pretensión. La sentencia regula el monto de honorarios y costas, condenando a la demandada a pagarle a la profesional. Fundamentos principales: "la actuación de las comisiones médicas jurisdiccionales [...] constituye la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo." "Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado y demás gastos en que incurra el trabajador a consecuencia de su participación ante las comisiones médicas estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo." "la obligatoriedad del procedimiento que surge de la LRT -con la posible participación letrada
- es un paso previo a la instancia judicial que debe cumplirse inexorablemente." "las pautas regulatorias se encuentran señaladas en la ley 14.967 [...] y en la Resolución 298/17 SRT." "por dicha participación administrativa, el abogado [...] tiene derecho a la percepción de honorarios por su actuación profesional. Dichos honorarios deberán ser soportados por la ART." "Regular los honorarios de la profesional [...] en la suma equivalente a 3 JUS" y "los honorarios por la actuación judicial [...] en la suma equivalente a 7 JUS para cada profesional, incluyendo IVA si correspondiere."

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