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ARANCIBIA MANCILLA KARINA C/ MORELLINI GISELA MARIEL S/ DESPIDO

La sentencia declaró la procedencia del despido indirecto por incumplimiento grave del empleador, condenando a la demandada al pago de $2.665.248 en concepto de indemnizaciones y rubros conexos, y declaró la inconstitucionalidad de ciertos artículos de leyes provinciales, confirmando la condena en todas sus partes.

Despido indirecto Registracion laboral deficiente Indemnizacion agravada Ley 15.057 Dnu 34/2019 Actualizacion ripte Contrato de trabajo no registrado Injuria grave Sentencia confirmada Buenos aires

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Karina Arancibia Mancilla, demandó a Gisela Morellini por despido indirecto, alegando incumplimientos en la registración laboral, pagos fuera de registro, y condiciones laborales que justificaban su desvinculación.
- La demandada negó los hechos y alegó que su relación laboral inició en 2007, con tareas y horarios distintos, y remitió una carta documento a la trabajadora.
- El Tribunal acreditó que la relación laboral comenzó en 2006, con ingreso efectivo desde esa fecha, y que la registración fue deficiente. La prueba documental y el juramento de la actora permitieron establecer la fecha real de ingreso, la jornada completa, y el salario percibido.
- La sentencia consideró probado que la empleadora omitió registrar adecuadamente la relación, configurando injuria grave que justifica el despido indirecto, y aplicó las normas de la ley 15.057, incluyendo el DNU 34/2019, para duplicar las indemnizaciones por despido sin causa.
- Se condenó a la demandada a pagar $2.665.248, actualizados por RIPTE y con intereses del 6% anual desde el distracto, además de otros rubros salariales y de ley.
- Se declaró la inconstitucionalidad de artículos de leyes provinciales 23.928 y 25.561.
- La sentencia fue confirmada en cuanto al fondo y a las costas, con regulación de honorarios y orden de depósito.
- La prueba documental y el juramento prestado por la actora fueron considerados suficientes para acreditar los hechos reclamados.
- La relación laboral se estableció con ingreso en 2006, jornada completa, y salario de $38.000, con pagos fuera de registro y sin la registración adecuada.
- La acreditación de los hechos, la valoración de la prueba y la aplicación de las normas de la ley 15.057 y el DNU 34/2019 sustentan la decisión.

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