FREYRE NORMA VIVIANA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia reconoce el derecho de la actora a honorarios por actuación administrativa ante la Comisión Médica, ordenando a la aseguradora su pago y regularización de honorarios profesionales, en virtud del cumplimiento obligatorio del procedimiento previo y la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Dra. FREYRE NORMA VIVIANA demanda a la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., solicitando la condena a pago de honorarios por su actuación administrativa ante la Comisión Médica N° 392 de Pilar, en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo. La demandada, a través de su letrada, reconoce la actuación profesional y solicita que se considere la extensión de la labor de la actora para evitar enriquecimiento ilícito. La Cámara analiza la normativa aplicable, especialmente la Ley 27.348 y la Ley 14.967, que establecen que los honorarios por patrocinio letrado en estos procedimientos son a cargo de la ART, siempre que la actuación sea oficiosa y se reconozca la pretensión. La sentencia concluye que la actuación administrativa del letrado es obligatoria, que la profesional tiene derecho a honorarios por dicha labor y que estos deben ser soportados por la aseguradora. En consecuencia, se hace lugar al reclamo, condenando a la demandada a pagar los honorarios de la actora y regulando los honorarios judiciales en la misma causa, además de ordenar la apertura de una cuenta en pesos para el pago. La decisión se fundamenta en la obligatoriedad del trámite previo establecido por la ley y la naturaleza de la actuación profesional en la instancia administrativa.
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