COCERES EDUVIGE ESTELA C/ LAJOUS PATRICIA LAURA S/ DESPIDO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio entre las partes en un proceso por despido, aceptando la suma de $500.000 a ser abonada en una cuota, y eximiendo a las partes del pago de impuestos y tasas judiciales, tras evaluar que el acuerdo resulta equitativo y no viola derechos de orden público.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Eduvige Estela Cocerés demandó a Patricia Laura Lajous por despido, solicitando una indemnización. En el acto de homologación, las partes ajustaron su reclamo a una suma de 500.000 pesos, que la demandada aceptó pagar en una única cuota mediante depósito en cuenta bancaria, con conformidad de la actora. El tribunal constató la existencia de un acuerdo que satisface derechos y no viola orden público, y decidió homologarlo, imponiendo costas en la forma pactada y eximiendo a las partes del pago de impuestos y tasas judiciales. Se dispuso además la regulación de honorarios, la apertura de cuentas para facilitar el pago, y el cumplimiento del acuerdo bajo apercibimiento en caso de incumplimiento. Fundamentos principales: "Teniendo en cuenta que en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público considero: QUE DEBE HOMOLOGARSE EL PRESENTE ACUERDO (art. 12, 15 LCT, 24. 25 y 30 ley 15.057)." "El acuerdo resulta suficiente para poner fin a la litis, garantizando los derechos de ambas partes y evitando mayores costos procesales, en virtud de la voluntad expresa de las partes y la conformidad de la demandante."
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