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G. A. E. C/ A. M. L. S/ COMUNICACION CON LOS HIJOS

El progenitor apeló la decisión sobre el régimen de comunicación y la restricción perimetral en relación a la tenencia del menor. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, declarando abstracto el agravio sobre las festividades y manteniendo el régimen de comunicación establecido.

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Actor: G. A. E. C. Demandado: A. M. L. S. Objeto: Modificación del régimen de comunicación y de la restricción perimetral. Decisión: Se confirmó el fallo en crisis y se declaró abstracto el agravio sobre las festividades.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Dado que las fechas conflictivas ya han pasado con anterioridad a que esta causa llegue a la Alzada, corresponde declarar abstracto el tratamiento del agravio en relación a las fechas de las fiestas navideñas y de fin de año." "La función de la Cámara, en nuestro sistema, es eminentemente revisora, y no de juzgamiento originario… no se puede venir en Cámara con cuestiones y temas que deben introducirse en primera instancia." "Se considera de importancia que el niño continúe realizando el tratamiento psicológico instaurado con el profesional tratante Lic. A. Homero, a fin de continuar abordando la presente situación familiar y resguardarlo del presente litigio parental."

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