G. J. C. C/ F. W. J. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor interpuso un recurso de aclaratoria sobre la sentencia relacionada con daños y perjuicios automovilísticos. La Cámara admitió el planteo aclarando que los intereses sin capitalización deben incluirse desde la fecha de liquidación hasta la mora.
Actor: G. J. C. Demandado: F. W. J. y Otros Objeto: Aclaración sobre la sentencia en relación a intereses y honorarios. Decisión: Se admite el recurso de aclaratoria, estableciendo que los intereses sin capitalización deben incluirse desde la fecha de liquidación hasta la mora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La aclaratoria es uno de los medios por los cuales las partes tratan de obtener que la sentencia cumpla la función de decidir el proceso con arreglo a las acciones deducidas, depurándola de errores materiales, oscuridades y omisiones."
"Es evidente -y claro
- que los intereses sin la capitalización también se deben... desde la fecha la liquidación aprobada (fecha de corte -15/11/2023-) hasta la fecha de mora."
"Se deberá dejar señalado que los intereses sin la capitalización también se deben desde la fecha la liquidación aprobada hasta la fecha de mora..."
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