R. S. S.A.C.I.I. C/ T. A. S/ COBRO EJECUTIVO
R. S. S.A.C.I.I. interpuso recurso de apelación contra la caducidad de instancia decretada en un juicio ejecutivo. La Cámara confirmó la resolución apelada, argumentando que se habían cumplido los plazos establecidos sin actividad impulsoria por parte de la demandante.
Actor: R. S. S.A.C.I.I. Demandado: T. A. Objeto: Cobro ejecutivo. Decisión: Se confirmó la caducidad de instancia decretada por la Sra. Jueza del Juzgado Civil y Comercial nro. 3.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de instancia es un mecanismo procesal que pone fin a los litigios cuando la parte interesada no impulsa su avance dentro de los plazos establecidos por la ley... la caducidad de instancia equilibra el interés público en la celeridad de los procesos con el derecho de las partes a obtener una resolución efectiva." "Se había cursado la intimación del art. 315 del CPCC... y, hasta el decreto de caducidad, transcurrió el plazo trimestral contemplado por el art. 310 del CPCC para este tipo de procesos." "Habiéndose cursado en su momento la intimación del art. 315 del CPCC y habiendo transcurrido... el plazo trimestral, sin actividad impulsoria, entiendo que la resolución apelada... se ajusta a derecho."
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