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V.D.H C/ C.E.J S/ EJEC. HONORARIOS

El demandante interpuso recurso de apelación contra la imposición de costas en la sentencia de trance y remate. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la resolución apelada, argumentando que la conducta de la demandada justificó la condena en costas.

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Actor: V.D.H Demandado: C.E.J Objeto: Impugnación de la imposición de costas en una sentencia de trance y remate. Decisión: Se confirma la resolución apelada en todo cuanto ha sido materia de agravios, con costas de Alzada a la apelante vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las costas son las erogaciones que necesariamente deben hacer los sujetos del proceso, para obtener la actuación de la ley mediante la resolución judicial que pretenden siendo principio general en la materia que el objetivamente derrotado debe resarcir íntegramente las mismas al vencedor." Además, se sostuvo que el allanamiento a la demanda no exime de las costas si fue tardío y que "la única posibilidad de que quien se allana obtenga la eximición de costas es que su reconocimiento reúna los requisitos del artículo 70 del CPCC y que su proceder anterior no hubiera dado motivo a la promoción del incidente." La Cámara concluyó que "la actitud, e incumplimiento, ha sido la que impulsó al actor a iniciar estos obrados".

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