M. E. E. C/ A. M. N. S/ ALIMENTOS
El demandante promovió una acción de alimentos en favor de su hijo menor. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia de primera instancia, sosteniendo que el porcentaje de alimentos fijado era correcto y ajustado a derecho.
Actor: M. E. E. Demandado: A. M. N. S. Objeto: Alimentos para un hijo menor de edad. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que fijó un porcentaje de alimentos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación alimentaria ha sido mencionada -dada su importancia
- no ya solo a nivel legal, sino también en las Convenciones internacionales." Además, "la prestación debe satisfacer no solamente las necesidades vinculadas con la subsistencia, entendidas como las más urgentes de índole material (habitación, vestuario, asistencia médica, etc.) sino también las de carácter moral y cultural de acuerdo a la condición social del alimentado." Finalmente, se destaca que "el porcentaje de los ingresos fijado como cuota alimentaria resulta correcto," confirmando así la resolución apelada.
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