A N. A. C/ A.M.A S/ ALIMENTOS
El demandante solicitó la modificación de la cuota alimentaria fijada en 8 Asignaciones Universales por Hijo. La Cámara de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la prueba presentada justifica la cuantía de la cuota alimentaria.
Actor: N. A. A. Demandado: M. A. A. Objeto: Modificación de la cuota alimentaria fijada en 8 AUH. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que fijó la cuota alimentaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cuota alimentaria provisoria, como su misma denominación indica, no causa estado. Es de naturaleza cautelar 'material' pero en nada condiciona a la jurisdicción a la hora de resolver en definitiva." "El criterio de realidad, aplicado al análisis de la prueba en cuestión, pone de manifiesto un caudal económico que guarda razonabilidad y proporcionalidad, con lo decidido en la instancia." "El demandado aquí, además de no haber atacado oportunamente el dictamen pericial, no ha producido prueba que verifique los extremos denunciados en su escrito de defensa inicial, y debe hacerse responsable de las consecuencias de tal orfandad."
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