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NIEVES MARIA C/ JUAN MIRNA PAMELA S/ MATERIA A CATEGORIZAR

El actor promovió recurso de apelación contra la sentencia que desestimó su demanda de interdicto de recobrar. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial declaró mal concedido el recurso por extemporaneidad en la interposición.

Recurso de apelacion Interdicto de recobrar Extemporaneidad Jurisdiccion apelada Proceso sumarisimo Plazos procesales Sentencia Costas Ad quem Decision del tribunal

Actor: NIEVES MARIA Demandado: JUAN MIRNA PAMELA Objeto: Interdicto de recobrar respecto de inmuebles ubicados en General Rodríguez. Decisión: La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Al no haber efectuado ningún distingo la legislación adjetiva al referirse concretamente en el citado inciso a términos procesales... no se advierten razones que autoricen a apartarse de la regla general allí dispuesta... la apelación de la parte actora se articuló con fecha 24 de octubre de 2024... cuando ya había expirado el plazo de 2 días... corresponde declarar extemporánea la apelación traída..." "Por el ello y demás fundamentos consignados en el acuerdo que precede, SE RESUELVE: Declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el 16/10/2024."

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